Casamiento civil en Uruguay: todos los requisitos que debés saber
1) ¿Qué se necesita para anotarse para casarse por civil en Uruguay?
Primero deben agendarse en la Oficina del Estado Civil correspondiente a la inicial del apellido con el que se inscribirán para después concurrir para reservar la fecha del casamiento.
2)¿Cómo se realiza la reserva de hora?
En Montevideo
Se puede reservar hora en línea:
- Ingresando al link aquí:“Iniciar trámite en línea”.
También se puede hacer de forma presencial:
En Sarandí 428.
Los horarios y oficina de atención según la letra del apellido del novio:
- Oficinas de 1 a 4 son de lunes a viernes de 7:30 a 11:00
- Oficina 1 (Letras A, D, H).
- Oficina 2 (Letras B, F).
- Oficina 3 (Letras C, CH, E, I, J, K).
- Oficina 4 (Letras G, L, LL).
- Oficinas de 5 a 7 de lunes a viernes de 13:00 a 16:30
- Oficina 5 (Letras M, O, Q, T, W).
- Oficina 6 (Letras R, S).
- Oficina 7 (Letras N, Ñ, P, U, V, X, Y,Z)
En los hospitales Pereira Rossell, Hospital de Clínicas, Militar o Canzani (solamente para pacientes de los mismos) en el horario de lunes a viernes 09:30 a 14:40 horas.
En el Interior:
- En la Oficina 14 en la Ciudad de la Costa, Canelones: Av. Giannattasio Km. 23.500 entre Uruguay y Real de Azúa Solymar, teléfono 2695 7538, de lunes a viernes de 08:30 a 13:30 horas.
- En la Oficina 15 en la Ciudad de Las Piedras: Avenida José Artigas 810, esquina Doctor Pouey, de 08:30 a 13:00 horas.
- En los Juzgados de Paz correspondientes.
En todos los casos, por lo menos uno de los contrayentes debe tener domicilio en el radio de la Sección Judicial del Juzgado o de la Oficina de Estado Civil.
3) ¿Quiénes deben ir a anotarse en el Registro Civil?
- Los novios y 4 testigos mayores de 18 años, parientes o amigos, deben ir en forma personal.
- En caso de no poder concurrir los novios al momento de la inscripción, podrán hacerlo mediante el formulario de Artículo 12, disponible en aquí: Descarga de Formularios.
- Si no pueden concurrir al momento de la inscripción, ni el día del matrimonio, o en caso de haberse inscripto y no poder concurrir el día de la ceremonia deberán comparecer por medio de un poder especial.
- El domicilio de los contrayentes, sean éstos uruguayos o extranjeros, se probará mediante la declaración de los testigos propuestos.
4) ¿Qué documentos se deben presentar?
- Los novios y los testigos deberán presentar el documento de identidad (cédula de identidad, pasaporte, otro).
- Los menores de edad, (entre los 16 y los 18 años), hijos naturales deben presentar partida de nacimiento.
- Si son divorciados (trámite realizado en Uruguay), presentar testimonio de partida de matrimonio con constancia del divorcio. En el caso de la mujer, si desde la fecha de la sentencia no pasaron 301 días se solicitará certificado médico de ginecólogo indicando la inexistencia de embarazo y sentencia de divorcio.
- Cuando el divorcio se haya realizado en el extranjero, se deberá presentar sentencia de divorcio original, debidamente legalizada o apostillada y traducida por traductor público uruguayo; o presentar testimonio de partida de divorcio, inscripta en los libros de Extranjero de la Dirección General del Registro de Estado Civil.
- En el caso de viudos, presentar partida de matrimonio y de defunción, en caso de ser extranjero las partidas deberán ser legalizadas o apostilladas y traducidas.
- Si existen hijos que deben ser legitimados con posterioridad al matrimonio, al momento de inscribirse para el casamiento se deben presentar las partidas de nacimiento de esos hijos.
- Si los contrayentes son extranjeros, solteros, mayores de edad, deberán presentar documento de identidad.
- Cuando los novios no hablen el idioma español presentar traductor público uruguayo.
5) ¿Cuándo hay que anotarse en el Registro Civil?
- Como máximo tres meses antes de la fecha del casamiento.
- Como mínimo 8 días hábiles antes ya que se pueden casar después de los 8 días hábiles contados desde la primera publicación del Edicto en el Diario o de la publicación del Edicto en la puerta de la Oficina.
6) ¿Quiénes pueden casarse en Uruguay?
- Mayores de 16 años, no importando su sexo ni nacionalidad.
- Mayores de 16 años pero menores de 18 años, con consentimiento de sus padres legítimos o naturales reconocientes. En el caso de padres fallecidos o ausentes, deben concurrir abuelos legítimos, naturales o en su efecto presentar autorización judicial.
- Importante: Los menores de 16 años NO pueden contraer matrimonio.
- Matrimonio In Extremis:
- En el caso de que uno de los contrayentes se encuentre en peligro inminente de muerte, se deberá presentar certificado médico que indique tal circunstancia.
7) ¿Cuánto sale anotarse en el Registro Civil?
El inicio del trámite no tiene costo.
Se deberá abonar, además de la publicación en el Diario Oficial que son $560.-
- Si el matrimonio se desea realizar fuera de la oficina:$ 27.098.-
- Si el matrimonio se desea realizar en la oficina: $ 450.-
- Libreta de Matrimonio $ 375.-
- El costo de los testigos adicionales es de $ 1.126 .-(en caso de desear poner más de los 4 testigos obligatorios, se deberá abonar cada uno de los testigos que se agreguen).
- El pago se realiza en la segunda etapa al fijar la fecha de agenda.
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